Solicitud de Exoneración de Cuotas

Los Colegas tienen la posibilidad de solicitar la Exoneración de cuotas, en virtud de haber cumplido las condiciones establecidas en el Reglamento De Exoneración de Cuotas Ordinarias y Extraordinarias de Sostenimiento, el cual puedes descargar ¡haciendo clic aquí!.

Para realizar esta solicitud debe consignar ante la Secretaría general del CCPEA la siguiente documentación.

  1. Carta de Solicitud. (Colocar correo y teléfonos de contacto)
  2. Fotocopia de la Cédula de Identidad (legible y ampliada) dejarla completa en la hoja (NO recortar).
  3. Fotocopia de la Credencial (legible y ampliada) dejarla completa en la hoja (NO recortar).
  4. Solvencia Vigente.

Recuerda, tendrán derecho a ésta exoneración los colegas que reúnan las siguientes condiciones:

  1. Ser Contador Publico conforme a lo establecido en la Ley del Ejercicio de la Contaduría Pública.
  2. Tener por lo menos 30 años inscrito en cualquier Colegio Federado del país y haber cumplido 60 años de edad.
  3. Estar solvente al momento de la solicitud de exoneración.

Se podrá considerar dicha solicitud en forma anticipada siempre y cuando el agremiado haya realizado una actividad de trascendencia para el gremio y la misma sea debidamente avalada por el Colegio respectivo, la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela el Instituto de Previsión Social del Contador Público o cualquier otro ente o Instituto creado por el gremio.

No tendrá derecho al reconocimiento a la exoneración aquellos Contadores Públicos que estén cumpliendo sentencia definitivamente firme por un Tribunal Disciplinario Competente, cumplida la sentencia podrá optar a tal beneficio antes de los 5 años.

Los Contadores Públicos en situación de invalidez permanente o incapacidad física y mental comprobada, a través de una certificación dada por un organismo competente, se le otorgara el mismo beneficio de exoneración contemplado en este reglamento.

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